sábado, 8 de septiembre de 2012


PLAN RETIRO

 
Tu retiro es una etapa que debes planear desde ahora con la finalidad de disfrutar de la vida sin preocupaciones. Aún cuando tengas garantizada una pensión.

¿Es suficiente para mantener el nivel de vida que  has soñado para cuando llegue ese momento?
¿Tienes garantizado un retiro digno?

  Oferta de Valor

¿Qué cubre el producto?

 Seguro de vida que, además de brindar protección por fallecimiento durante el plazo seleccionado, le permite generar un ahorro garantizado para la edad de retiro. Ya sea para ayudarlo a mantener su calidad de vida en esta etapa, emprender un negocio que le ayude a mantenerse activo o disfrutar plenamente de su vida. De manera opcional puede complementar su protección con los beneficios de invalidez y muerte accidental.

 
¿Qué beneficios tiene?

 ▪ Iniciar con una estrategia de inversión para el retiro con beneficios fiscales a través de la deducibilidad de impuestos.

▪ Contar con un ahorro al llegar a la edad de retiro para vivirlo dignamente y sin preocupaciones.

▪ Tener una protección integral, en caso de supervivencia, invalidez y fallecimiento.

 
 ¿Conoces las estadísticas del Ramo?

 ▪ El número actual de personas mayores a 60 años, se estima es de 8 millones y se pronostica se duplique en el año 2021.

▪ 24% de las personas en edad de retiro, recibe una pensión formal que le resulta insuficiente para cubrir sus necesidades básicas.

▪ El 50% de la población en edad de retiro, tiene que continuar trabajando hasta la imposibilidad física.

▪ Sólo el 5% de la población en edad de retiro vive de sus ahorros.

 
 Actualización de la Suma Asegurada

 ▪ Sólo para planes en Moneda Nacional, crece anualmente de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

 
Esta actualización se detiene cuando:

 
▪ El asegurado cumpla 70 años.

▪ El asegurado opte por Seguro Saldado o Seguro Prorrogado.

▪ A petición del asegurado o cuando no pague la prima del incremento.

   ▪ Si procediera el pago del beneficio por accidente o invalidez.

 
 Aportaciones Adicionales

 El contratante puede generar un ahorro en su póliza, a través de aportaciones voluntarias con las cuales se adquieren seguros dotales a corto plazo (un mes). A su vencimiento, la suma asegurada se integra al fondo administrado por la compañía generando intereses.

Estas aportaciones se podrán programar desde la emisión de la póliza o, en cualquier fecha vía Servicios a Asegurados.

 Descuentos en edad
·         No fumador 2 años, mujer 3 años

 
Beneficios Fiscales

▪ El estímulo fiscal, para personas físicas, será la deducibilidad de primas de seguros que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad de jubilación o retiro. El importe del estímulo no excederá de $152,000 pesos en el año calendario de que se trate.

▪ El asegurado sólo podrá hacer deducible la parte de la prima que corresponda a la supervivencia y no la de fallecimiento ni de los beneficios adicionales.

▪ Diferir el pago de impuestos en el tiempo.

De acuerdo a los Artículos 218, 167, 170 y 177 (LISR).

 
Ahora analicemos un caso hipotético:

 

Suma para Inversión      $500,000.00

Prima básica anual         $19,852.75

En este plan básico, si el inversor se muere en un accidente y sucede después de tres años del contrato, solo  devolverán la parte de la reserva, si es que tuviere. No es muy alentador.

 
Si paga la Cobertura Adicional por Muerte Accidental con una prima anual de $660.00 y luego sucede la muerte accidental; en ese momento se cancela el contrato, pero le entregan a los beneficiarios $500,000.00 por el contrato y otros $500,000.00 por la muerte accidental.

 
¿Qué pasa si no muere, pero queda invalido total y permanentemente? Entonces tendría un problema, porque el contrato sigue y tendrá que seguir pagando.

 
Si  contrata Pago Adicional por Invalidez Total y Permanente de $1,660.00 anuales; ahora el inversor recibe $500,000.00 por incapacidad total y permanente y  sigue corriendo el contrato.

 
Pero ahora el inversor tiene otro problema; está incapacitado para trabajar y quizá no podrá seguir pagando la prima anual.

 
Si contrata Exención de Pago de Prima por Invalidez de $593.40 anuales, entonces deja de pagar la prima anual y sigue corriendo el contrato hasta que cumpla la fecha de vencimiento.

 
Quiere decir que si el inversor paga una prima total anual de $22,766.15 tiene una suma a recibir por $500,000.00; si muere en un accidente, sus beneficiarios recibirán $500,000.00 por la muerte accidental y otros $500,000.00 por el contrato; si no muere en el accidente pero queda invalido, recibe $500,000.00 por su invalidez y sigue corriendo tiempo por los otros $500,000.00 pero deja de pagar la prima.

 
Otra de las facilidades es que si el inversor tiene tarjeta de crédito, puede pagar anual, semestral, trimestral y mensual.

 
La importancia de contratar pronto el plan, es porque entre más años pasan, se encarece la prima anual,  además, sigues reglando dinero al fisco, pudiendo invertirlo para tu retiro.

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