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domingo, 13 de enero de 2013

Planea el pago de tus impuestos


Los que compraron alguna póliza con un plan de Retiro en los primeros meses del 2012; se les permitió aplicarlo en la declaración anual del ejercicio 2011; solo por anotar un ejemplo, de cómo planear el pago de los impuestos.
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) todas las personas físicas asalariadas con ingresos superiores a $400,000 mn* anuales, así como personas físicas que laboren por honorarios o tengan otro tipo de ingresos están obligadas a hacer su declaración anual de impuestos.

MIENTRAS MAYOR SEA EL INGRESO, MAYOR SERÁ EL IMPUESTO A PAGAR

Ingresos                                   $360,000                                18%

$30,000 mensual

$360, 000 anual

Impuesto anual: $65,979

 Ingresos                                  $480,000                                21%

$40,000 mensual

$480,000 anual

Impuesto anual $99,851

 
Ingresos                                $840,000                                     25%

$70,000 mensual

$840,000 anual

Impuesto anual $207,851

Pero, ¿cuánto debes pagar de impuestos? La respuesta está en función del nivel de ingreso de cada persona, su actividad económica y sus egresos. Te presentamos tres ejemplos de personas con diferente nivel de ingresos:

Si bien el pago de impuestos es mandatorio, existen gastos que pueden ser aprovechados para reducir de manera legal el pago de impuestos, los cuales se conocen como gastos deducibles.
En la medida en que incrementes tus gastos deducibles de acuerdo a la Ley de Impuesto sobre la Renta, estarás en posibilidades de disminuir tu base gravable, que es la cantidad sobre la cual se calcula el impuesto que debes pagar.

A continuación,  dos ejemplos de personas con el mismo ingreso anual, con la diferencia que una de ellas tienen gastos deducibles y la otra no:

                                 Sin deducciones        Con deducciones        Pagas
Ingresos acumulable anual       $480,000           $480,000       15 mil

Deducciones Personales              0                     $  50,000      Pesos

Base gravable                            $480,000           $430,000      Menos de

ISR a pagar                               $99,850              $84,850        impuestos

 
Entre los gastos deducibles que considera la ley, están los Planes Personales para el Retiro (PPR) mismos que representan una excelente oportunidad para disminuir el pago de impuestos, al mismo tiempo que cuentas con un instrumento de ahorro que te permitirá contar con un respaldo económico para tu etapa de retiro.

Este tipo de planes te permiten deducir todas las aportaciones o ahorro que hagas para tu retiro, hasta por un monto máximo equivalente al 10% de tus ingresos, sin que dichas aportaciones excedan de $113,752.25 pesos para 2012.
Si estás interesado en planear desde ahora tu futuro por medio de un Plan Personal de Retiro, con opciones de beneficios fiscales, no dudes en contactarnos; te cubrimos y te explicamos, se te asesorará y presentará una de nuestras atractivas opciones para cubrir estas necesidades.

Existen varios productos en el mercado, que cumplen con los requerimientos fiscales, para poder adquirir un plan, ya  las pólizas por si solas se justifican; el plan personal de retiro es muy atractivo por lo que representa.


B. J. Zaragoza



lunes, 29 de octubre de 2012

AHORRO PARA LA EDUCACION DEL NIÑO


Ahora que los bancos no dan casi nada por un saldo pequeño en cuentas de ahorro o inversión a la vista; además, ahora con el Impuesto por depósitos en efectivo, la gente esta desconcertada, en estos temas.

Pero existe un plan para educación de los niños, que  no se sujeta a ningún criterio bancario o fiscal y que resulta atractivo porque lleva implícito un seguro para el niño y para los padres.

 

Ejemplo:

Niño:       2 años de edad

Padre:    40 años de edad

Madre:   35 años de edad

Suma de ahorro proyectado:                    $300,000.00

Prima Anual:                                               $16,580.00

Plazo:                                                              16 Años

 

Cobertura Adicional:

Fallecimiento:                                           $300,000.00

Invalidez Total y Permanente:                  $300,000.00

Exención de pago de Primas por Muerte o Invalidez.

 
Se puede planear la educación de los niños desde 0 años, hasta los 12. En este supuesto se tomó como base un proyecto de 18 años, pero como el niño tiene 2 años, solo se pagará 16 anualidades.

 
En este plan y con estas características, quiere decir, que si durante el plazo del contrato el contratante quedase invalido total y permanentemente; recibe $300,000.00 por su invalidez y sigue corriendo el plazo que contrató.

 
En caso de fallecer; entonces sus beneficiarios reciben $300,000.00 y sigue el proyecto del ahorro para el niño, para cuando se cumpla el plazo, es decir cuando tenga 18 años.

 
En los dos casos, tanto de fallecimiento como de Invalidez, deja de pagar la prima anual; funciona para cualquiera de los dos padres; porque en este ejemplo, el plan es mancomunado.


B. J. Zaragoza

sábado, 8 de septiembre de 2012


PLAN RETIRO

 
Tu retiro es una etapa que debes planear desde ahora con la finalidad de disfrutar de la vida sin preocupaciones. Aún cuando tengas garantizada una pensión.

¿Es suficiente para mantener el nivel de vida que  has soñado para cuando llegue ese momento?
¿Tienes garantizado un retiro digno?

  Oferta de Valor

¿Qué cubre el producto?

 Seguro de vida que, además de brindar protección por fallecimiento durante el plazo seleccionado, le permite generar un ahorro garantizado para la edad de retiro. Ya sea para ayudarlo a mantener su calidad de vida en esta etapa, emprender un negocio que le ayude a mantenerse activo o disfrutar plenamente de su vida. De manera opcional puede complementar su protección con los beneficios de invalidez y muerte accidental.

 
¿Qué beneficios tiene?

 ▪ Iniciar con una estrategia de inversión para el retiro con beneficios fiscales a través de la deducibilidad de impuestos.

▪ Contar con un ahorro al llegar a la edad de retiro para vivirlo dignamente y sin preocupaciones.

▪ Tener una protección integral, en caso de supervivencia, invalidez y fallecimiento.

 
 ¿Conoces las estadísticas del Ramo?

 ▪ El número actual de personas mayores a 60 años, se estima es de 8 millones y se pronostica se duplique en el año 2021.

▪ 24% de las personas en edad de retiro, recibe una pensión formal que le resulta insuficiente para cubrir sus necesidades básicas.

▪ El 50% de la población en edad de retiro, tiene que continuar trabajando hasta la imposibilidad física.

▪ Sólo el 5% de la población en edad de retiro vive de sus ahorros.

 
 Actualización de la Suma Asegurada

 ▪ Sólo para planes en Moneda Nacional, crece anualmente de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

 
Esta actualización se detiene cuando:

 
▪ El asegurado cumpla 70 años.

▪ El asegurado opte por Seguro Saldado o Seguro Prorrogado.

▪ A petición del asegurado o cuando no pague la prima del incremento.

   ▪ Si procediera el pago del beneficio por accidente o invalidez.

 
 Aportaciones Adicionales

 El contratante puede generar un ahorro en su póliza, a través de aportaciones voluntarias con las cuales se adquieren seguros dotales a corto plazo (un mes). A su vencimiento, la suma asegurada se integra al fondo administrado por la compañía generando intereses.

Estas aportaciones se podrán programar desde la emisión de la póliza o, en cualquier fecha vía Servicios a Asegurados.

 Descuentos en edad
·         No fumador 2 años, mujer 3 años

 
Beneficios Fiscales

▪ El estímulo fiscal, para personas físicas, será la deducibilidad de primas de seguros que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad de jubilación o retiro. El importe del estímulo no excederá de $152,000 pesos en el año calendario de que se trate.

▪ El asegurado sólo podrá hacer deducible la parte de la prima que corresponda a la supervivencia y no la de fallecimiento ni de los beneficios adicionales.

▪ Diferir el pago de impuestos en el tiempo.

De acuerdo a los Artículos 218, 167, 170 y 177 (LISR).

 
Ahora analicemos un caso hipotético:

 

Suma para Inversión      $500,000.00

Prima básica anual         $19,852.75

En este plan básico, si el inversor se muere en un accidente y sucede después de tres años del contrato, solo  devolverán la parte de la reserva, si es que tuviere. No es muy alentador.

 
Si paga la Cobertura Adicional por Muerte Accidental con una prima anual de $660.00 y luego sucede la muerte accidental; en ese momento se cancela el contrato, pero le entregan a los beneficiarios $500,000.00 por el contrato y otros $500,000.00 por la muerte accidental.

 
¿Qué pasa si no muere, pero queda invalido total y permanentemente? Entonces tendría un problema, porque el contrato sigue y tendrá que seguir pagando.

 
Si  contrata Pago Adicional por Invalidez Total y Permanente de $1,660.00 anuales; ahora el inversor recibe $500,000.00 por incapacidad total y permanente y  sigue corriendo el contrato.

 
Pero ahora el inversor tiene otro problema; está incapacitado para trabajar y quizá no podrá seguir pagando la prima anual.

 
Si contrata Exención de Pago de Prima por Invalidez de $593.40 anuales, entonces deja de pagar la prima anual y sigue corriendo el contrato hasta que cumpla la fecha de vencimiento.

 
Quiere decir que si el inversor paga una prima total anual de $22,766.15 tiene una suma a recibir por $500,000.00; si muere en un accidente, sus beneficiarios recibirán $500,000.00 por la muerte accidental y otros $500,000.00 por el contrato; si no muere en el accidente pero queda invalido, recibe $500,000.00 por su invalidez y sigue corriendo tiempo por los otros $500,000.00 pero deja de pagar la prima.

 
Otra de las facilidades es que si el inversor tiene tarjeta de crédito, puede pagar anual, semestral, trimestral y mensual.

 
La importancia de contratar pronto el plan, es porque entre más años pasan, se encarece la prima anual,  además, sigues reglando dinero al fisco, pudiendo invertirlo para tu retiro.