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sábado, 9 de marzo de 2013

JUBILACION


Cuando llega este momento, a algunos les causa alegría a otros no tanto; los motivos son varios, como requisitos que cumplir para  obtener la carta de parte del instituto. Si falta mucho; entonces estamos a tiempo para un plan retiro o para un dotal; que para el caso, ahora sí, causará alegría.
En este momento, es decir, los que están tramitando su jubilación, están con apuros, porque no preguntaron a tiempo sobre los requisitos que cumplir.

Hace tres meses cambiaron algunas políticas; por ejemplo ahora los datos del prospecto, debe tener homoclave; son tres dígitos que van después de la R. F. C. Por desgracia esto nadie te lo informa gratuitamente, te sorprendes cuando llegas a tu  Afore y pides tu estado de cuenta.
Aprovechando el viaje, te piden acta de nacimiento, curp, credencial de elector, cedula fiscal; en original y copias; solo para actualizar tus datos. Todo esto, es con el Afore, todavía no es con el seguro ni tu empresa.

Algunos aspectos que debes tener en cuenta son: Si tienes derecho a escoger con qué Artículo jubilarte; debes saber si te jubilas por el art. 73 o por el 97. La mayoría de las veces no te permiten que tengas contigo alguna persona en ventanilla para que te apoye. Te tienes que asesorar antes de llegar a ventanilla.
Existe la opción de que te jubiles también a los 65 años y no necesariamente a los 60 y el argumento que se te dice es que vas a recibir más dinero. ¿Cómo saber, que conviene hacer?

Es recomendable darse una vuelta a las instancias antes de tiempo, para que cuando llegue el día, no andar corriendo por los papeles faltantes; sacar copias certificadas lleva tiempo y dinero.
Tanto para los que están en ese proceso como a los que les falta mucho para llegar; se deben asesorar, unos para realizar el trámite; otros, para planear un retiro digno.

Tu retiro es una etapa que debes planear desde ahora, con la finalidad de disfrutar de la vida sin preocupaciones. Existen muchas personas que realizan actividades, que les da para vivir bien y todavía pueden ahorrar alguna cantidad; esta gente no está cotizando ante el I.M.S.S porque no son asalariadas.

¿Por qué debo invertir en mi retiro?
Porque cuando eres ya anciano, estás cansado y ya no puedes salir a trabajar; las empresas ya no te emplean, si acaso, tendrás oportunidad de estar como embolsador en algún supermercado y podrás recibir propinas.

Eres digno de respeto, ya trabajaste muchos años, ahora debes disfrutar a tus nietos; si no los tienes, ejerce alguna actividad que siempre te gustó pero que no tuviste tiempo de hacerlo porque estabas muy ocupado buscando para la comida y la renta.

Para eso sirve planear desde ahora tu ancianidad o tu jubilación y poder vivir con dignidad, sin tener que mendigar con tus hijos o demás parientes. Tus ahorros los puedes cobrar en una sola exhibición, o bien, pedir que mediante un fideicomiso te paguen una cantidad mensual, pero siempre con tu dinero.


B. J. Zaragoza

domingo, 13 de enero de 2013

Planea el pago de tus impuestos


Los que compraron alguna póliza con un plan de Retiro en los primeros meses del 2012; se les permitió aplicarlo en la declaración anual del ejercicio 2011; solo por anotar un ejemplo, de cómo planear el pago de los impuestos.
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) todas las personas físicas asalariadas con ingresos superiores a $400,000 mn* anuales, así como personas físicas que laboren por honorarios o tengan otro tipo de ingresos están obligadas a hacer su declaración anual de impuestos.

MIENTRAS MAYOR SEA EL INGRESO, MAYOR SERÁ EL IMPUESTO A PAGAR

Ingresos                                   $360,000                                18%

$30,000 mensual

$360, 000 anual

Impuesto anual: $65,979

 Ingresos                                  $480,000                                21%

$40,000 mensual

$480,000 anual

Impuesto anual $99,851

 
Ingresos                                $840,000                                     25%

$70,000 mensual

$840,000 anual

Impuesto anual $207,851

Pero, ¿cuánto debes pagar de impuestos? La respuesta está en función del nivel de ingreso de cada persona, su actividad económica y sus egresos. Te presentamos tres ejemplos de personas con diferente nivel de ingresos:

Si bien el pago de impuestos es mandatorio, existen gastos que pueden ser aprovechados para reducir de manera legal el pago de impuestos, los cuales se conocen como gastos deducibles.
En la medida en que incrementes tus gastos deducibles de acuerdo a la Ley de Impuesto sobre la Renta, estarás en posibilidades de disminuir tu base gravable, que es la cantidad sobre la cual se calcula el impuesto que debes pagar.

A continuación,  dos ejemplos de personas con el mismo ingreso anual, con la diferencia que una de ellas tienen gastos deducibles y la otra no:

                                 Sin deducciones        Con deducciones        Pagas
Ingresos acumulable anual       $480,000           $480,000       15 mil

Deducciones Personales              0                     $  50,000      Pesos

Base gravable                            $480,000           $430,000      Menos de

ISR a pagar                               $99,850              $84,850        impuestos

 
Entre los gastos deducibles que considera la ley, están los Planes Personales para el Retiro (PPR) mismos que representan una excelente oportunidad para disminuir el pago de impuestos, al mismo tiempo que cuentas con un instrumento de ahorro que te permitirá contar con un respaldo económico para tu etapa de retiro.

Este tipo de planes te permiten deducir todas las aportaciones o ahorro que hagas para tu retiro, hasta por un monto máximo equivalente al 10% de tus ingresos, sin que dichas aportaciones excedan de $113,752.25 pesos para 2012.
Si estás interesado en planear desde ahora tu futuro por medio de un Plan Personal de Retiro, con opciones de beneficios fiscales, no dudes en contactarnos; te cubrimos y te explicamos, se te asesorará y presentará una de nuestras atractivas opciones para cubrir estas necesidades.

Existen varios productos en el mercado, que cumplen con los requerimientos fiscales, para poder adquirir un plan, ya  las pólizas por si solas se justifican; el plan personal de retiro es muy atractivo por lo que representa.


B. J. Zaragoza