El
30 de Noviembre del presente se publicó en el Diario Oficial de la Federación
la Reforma a la Ley Federal de Trabajo; siendo una de las modificaciones la del
artículo 502, el cual corresponde al incremento en la indemnización por
fallecimiento de 730 a 5,000 días de Salario Mínimo General Vigente.
Para
los efectos de indemnización por muerte de un tercero en accidente
automovilístico, se considera el importe que publica de la Ley Federal del
Trabajo como referencia, el cual puede variar dependiendo de la legislación de
cada estado, donde ocurra el evento.
El
Código Civil Federal establece en el artículo 1915 los lineamientos para el
cálculo de indemnización por muerte, en apego a lo dispuesto en el artículo 502
de la LFT.
Con
esta reforma el límite actual de Suma Asegurada en la cobertura de Responsabilidad
Civil por daños ocasionados a Terceros sería insuficiente para los asegurados.
Derivado
de la situación anterior; las Compañías de Seguros están aumentando el límite
de suma asegurada en esta cobertura:
El limite anterior para autos y Pick ups era
de $1, 000,000
Ahora
será de $3, 000,000 Nuevo Límite.
De
esta manera los asegurados podrán estar preparados para hacer frente a una
posible responsabilidad civil mayor derivado del uso de su vehículo, contando
con el respaldo de la compañía respectiva.
Para
las pólizas que ya están vigentes, se puede solicitar cambio de la suma
asegurada mediante un endoso.
Se
sugiere que se comunique con su agente de seguros, para que sea atendido con
las dudas que pueda tener. Porque no está claro algunos puntos a la vista; por
ejemplo ¿Qué pasa si en su ciudad de residencia se efectúa un operativo del
transporte? ¿Habrá problemas si su RC está en el límite anterior?B. J. Zaragoza
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