jueves, 1 de enero de 2015

A partir de 2015 se multará a automovilistas que no cuenten con seguro carretero












A partir del 1 de enero  se ampliará la obligación del seguro de responsabilidad civil para automóviles que circulen por carreteras federales, con lo que todos los vehículos modelo 2008 en adelante deberán contar con esta cobertura, a fin de evitar multas.

El director de Daños de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), Luis Álvarez Marcen, confió en que esta medida aumentará el número de vehículos con tal cobertura, la cual tiene un alcance a nivel nacional.

"Aquí el problema importante es que no se han empezado a fiscalizar estos seguros, no se cobran multas; entonces mucha gente, aunque tenga la obligación, sabe que no lo van a multar por no tener su póliza, y así está el seguro obligatorio en el Distrito Federal y en muchas entidades federativas; 18 estados tienen esta obligación”.

Resaltó que la supervisión de este seguro corresponde a la Policía Federal, por lo que la AMIS mantiene contacto con la corporación para ver los avances sobre este tema.

En entrevista, reveló que en dichas reuniones se planteó la creación de una base de datos centralizada en el sector asegurador, para que cualquier persona pueda consultar si un automóvil tiene una póliza de seguro vigente o no, y así evitar que se presenten pólizas apócrifas.

Ante ello, a partir del 1 de enero de 2015 es obligatorio que los vehículos de 2008 a 2015, con un valor superior a los 162,255 pesos en factura, cuenten con una póliza de seguro para circular en carreteras federales.

Esta obligación entró en vigor el pasado 23 de septiembre para los modelos 2011 en adelante y un valor superior a los 186,732 pesos.

Para 2016 se aplicará para las unidades salidas al mercado en 2005 y con un valor de 135,690 pesos, y los automóviles modelo 2002 y con un costo de 117,467 pesos tendrán que cumplir con esta medida a partir de 2017.

Esta cobertura especifica que, en una primera etapa, deberá amparar hasta 100,000 pesos en caso de daños a personas y 50,000 para daños materiales, en tanto que los montos que alcanzan a cubrir los seguros actuales van desde 500,000 pesos hasta un millón de pesos, respectivamente. 

En caso de que la autoridad constate que el vehículo no cuenta con la póliza de seguro, el conductor se hará acreedor a una multa de 20 a 40 días de salario mínimo, es decir entre 1,400 y 2,800 pesos.


Todo lo descrito cubre la parte mínima legal; pero quienes tienen experiencia en siniestros, ocasionados, o sufridos, saben que no alcanza cubrir los daños a personas ni a las unidades siniestradas. Muchas veces lo que la compañía no cubre o bien porque el afectado no queda satisfecho, puede seguir su inconformidad por la vía civil; de ahí la sugerencia de una cobertura 
amplia y no solo responsabilidad civil.


B. J. Zaragoza

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